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miércoles, 2 de mayo de 2012


¿INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO O FRAUDE ELECTORAL?


Que a estas alturas del devenir político el Sr. Rajoy, don Mariano, no sólo está incumpliendo el programa electoral con el que concurrió a las eleciones generales, sino que está haciendo lo contrario de lo que se comprometió, no es ningún secreto para nadie. Es más, no lo pone en tela de juicio ni siquiera el votante más incondicional del PP. Como dice el aserto popular (de pueblo entendido como conjunto de ciudadanos): blanco y en botella ...

Y no es cuestión de enumerar sus innumerables “novedades” en forma de recortes; está en la mente de todos y no es cuestión de repetir una y otra vez las cosas. Pasaremos por alto la barbaridad y la felonía de la “reforma laboral” y los “ajustes” en la administración, en la sanidad, en la enseñanza, las congelaciones salariales y de pensiones, las subidas de impuestos, etc.  

Eso no es realmente lo importante. Lo que realmente importa es el fraude que está cometiendo el Sr. Rajoy y, en buena lógica, la formación política que lo encubre. Y si se dice encubrir porque el tema puede ser que esté rozando, si no está plenamente inmerso, el delito: un delito electoral.

La definición de un contrato por el vigente código civil español (art. 1254 C.C.) indica que “El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto a otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio”. Y este contrato se formalizó cuando el Sr. Rajoy se comprometió, mediante su programa electoral, a realizar una  serie de servicios a los ciudadanos españoles.

Igualmente por los art. 1255, 1261, 1262, 1271, 1272, 1274, 1278, etc. del citado Código Civil, se establecen el objeto de los contratos, sus causas, la eficacia de los mismos, la rescisión y nulidad de dichos acuerdos contractuales, etc. Esta normativa legal, aplicada a la oferta electoral de la formación política del Sr. Rajoy anula totalmente el programa electoral con el que el PP concurrió a las elecciones. Y si es nulo el acuerdo establecido por medio de las elecciones, habría que resolver el contrato, es decir, el Sr. Rajoy debería ser cesado como Presidente del Gobierno.

Pero es que hay además algunas otras cuestiones de enorme gravedad en lo que se refiere a posibles violaciones de derechos constitucionales: (Art. 20 y 21 de la Constitución) libertad de expresión que se pretende recortar en cuanto a la convocatoria de manifestaciones y reuniones pacíficas en lugares públicos,  las medidas que se están tomando contra los derechos protegidos en los art. 39, 40 y 41 de la Constitución (Protección a la familia y a la infancia, redistribución de la renta y pleno empleo, seguridad social), los derechos contemplados en lo referente a las pensiones de la tercera edad (art. 50 de la C.E.), el derecho de referéndum contemplado en el Art. 92.1 de nuestra Constitución para decisiones de especial importancia (se está cediendo la soberanía a Alemania y Francia en temas de planificación y decisión económica), etc.


Sería interesante recordar las funciones que nuestra Constitución establece al Ministerio Fiscal, por medio del art. 124, entre otras la promoción de acciones en defensa de la legalidad.

Por todo ello, y si el Sr. Rajoy no tiene la decencia de presentar su dimisión, alguien debería tomar cartas en el asunto, presentar la correspondiente denuncia ante los tribunales y que sea resuelto el pleito, a la mayor brevedad posible, por los tribunales por medio de la condena y la inhabilitación de Don Mariano Rajoy Brey.


Y si el Ministerio Fiscal no cumple, porque no quiere o no se atreve, con las funciones encomendadas constitucionalmente, hay otras formaciones políticas que deberían coger el toro por los cuernos y plantear la denuncia a los tribunales de este fraude o incumplimiento de contrato. 

Y por favor que sea antes de que arruinen completamente este maravilloso país que es España.

Nino Granadero